Debido a que cada vez más porteños se suman a la tendencia de movilizarse en dispositivos personales, la Legislatura porteña aprobó con 40 votos a favor, 3 en contra y 12 abstenciones un proyecto de ley que modifica varios artículos del Código de Tránsito y Transporte, a fin de regular los “scooter” eléctricos, conocidos popularmente como monopatines. De esta manera, el proyecto contempla como dispositivos de movilidad personal a los vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos; sólo pueden estar equipados con un asiento si están dotados de sistema de autobalance. Estos monopatines eléctricos podrán circular por ciclovías, bicisendas y ciclocarriles pero para poder hacerlo deberán contar con timbre o bocina que permita llamar la atención bajo condiciones de tránsito mediano; elementos reflectantes que permitan una adecuada visibilidad; y deberán disponer al menos de una luz delantera y una luz trasera para su visibilidad en condiciones de poca iluminación; entre otras cuestiones. Además se prohibió la circulación de dispositivos de movilidad personal con motor a combustión y sólo podrán ser utilizados por personas mayores a 16 años.
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