La Cámara Federal de Tucumán confirmó el procesamiento de un empresario tucumano por cometer delitos ambientales contaminando la cuenca Salí-Dulce con hierro, arsénico, cobre y fenoles provenientes del tratamiento de los limones para la venta y exportación. Gendarmería Nacional, luego de una extensa investigación, demostró la contaminación de la empaquetadora de cítricos
Pablo José Padilla, al no haber una planta de tratamiento de los efluentes que son producto del lavado de limones, como el agregado de otros compuestos químicos. La sentencia rechaza, además, todos los planteos de nulidad a las pruebas periciales. La causa se inició con la denuncia de una vecina de la citrícola. Nuevo Diario tuvo acceso al fallo, que expresa: “Finalmente, cabe recordar lo dispuesto por el Art. 57 de la Ley 24.051: ‘Cuando alguno de los hechos previstos en los dos artículos anteriores se hubiesen producido por decisión de una persona jurídica, la pena se aplicará a los directores, gerentes, síndicos, miembros del consejo de vigilancia, administradores, mandatarios o representantes de la misma que hubiesen intervenido en el hecho punible, sin perjuicio de las demás responsabilidades penales que pudiesen existir. Dicha norma atribuye la responsabilidad penal a los directivos por la decisión de la persona jurídica. Conforme a lo expuesto, este tribunal entiende que corresponde confirmar en todos sus términos la resolución apelada resuelve: I- No hacer lugar al recurso de apelación deducido por la defensa y, en consecuencia, confirmar la resolución de fecha 30 de noviembre de 2017 (fs.522/550), por lo considerado”.
Fuente: Nuevo Diario
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