miércoles, 20 de octubre de 2021

Energía definió que los biocombustibles tendrán los mismos aumentos que la nafta

 La reglamentación de la ley le da 180 días al Gobierno para definir los nuevos precios. El primer avance es con el bioetanol.

Con la publicación este martes del decreto presidencial en el Boletín  Oficial reglamentando la reformada ley de biocombustibles, la Secretaría de Energía cuenta con un plazo de 180 días para fijar el nuevo esquema de precios. "Los aumentos van a ser idénticos al que tenga la nafta en surtidor", anticipó a LPO un funcionario del área.

Los biocombustibles se dividen en etanol y diesel. Respecto al segundo rige en la actualidad un acuerdo de aumento trimestral mientras se espera la reglamentación específica. "En esta primera etapa avanzamos con definiciones para el bioetanol mientras seguimos trabajando sobre el biodiesel en conjunto con productores y legisladores de la provincia de Santa Fe", anticipó el secretario de Energía, Darío Martinez.

En este primer decreto, de los varios que se requerirán para la entrada en vigencia de la ley, se establece que la Secretaría de Energía es la autoridad de aplicación, encargada de regular y controlar el cumplimiento de la normativa vigente.  Además, según la ley, aún falta crear la "Comisión de Biocombustibles" con la participación de organismos nacionales y de un "Consejo de Provincias Productoras", dos instancias que permitirán ampliar el monitoreo sobre el estado de la actividad

Martinez afirmó que "la implementación de la ley de biocombustibles otorga certidumbre y previsibilidad al sector productor para invertir y producir con un horizonte enmarcado en reglas claras".

La ley tendrá vigencia hasta el año 2030 y establece nuevos porcentajes de cortes para nafta y gasoil en relación con los distintos componentes que participen de su elaboración: en el caso de la nafta, pauta un mínimo obligatorio de 12% de bioetanol y una eventual reducción al 9%. Para el gasoil el corte mínimo del biodiésel será de un 5%, con una eventual reducción al 3%, mientras que para el caso de la caña de azúcar deberá contempla un mínimo de 6% de mezcla obligatoria.

Sobre las características de esta reglamentación, el secretario evaluó que "los niveles de corte definidos son el resultado del diálogo con los actores productivos, y tienen como objetivo sostener e incrementar la actividad, que es generadora de puestos de trabajo".

Fuente: LPO

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