El senador nacional por Santa Fe, Marcelo Lewandowski, presentó un proyecto solicitando al Poder Ejecutivo Nacional que promueva la creación de un grupo de expertos que actualice el listado de estupefacientes a los que se refiere el artículo 77 del Código Penal, incorporando uno o varios grupos químicos que identifiquen a los opioides de diseño.
“El proyecto se sustenta sobre tres patas fundamentales que tienen que ver con la salud, la investigación y la prevención”, sostuvo el senador y agregó que “al identificar las sustancias utilizadas e incluirlas en el listado se puede avanzar en la investigación para determinar el origen”. “En materia sanitaria, al tener identificadas las sustancias se pueden establecer protocolos para saber cómo tratar a la persona intoxicada de forma inmediata", afirmó.
Actualmente y a partir de la promulgación del Decreto 560/19 el listado de estupefacientes a los que se refiere el artículo 77 del Código Penal está conformado por dos Anexos. El tradicional Anexo I, que contiene el listado individual de las sustancias, y el Anexo II, que las nomina por grupo, aplicando lo que mundialmente se conoce como sistema de genéricos.
En febrero de este año al menos 24 personas fallecieron y más de 80 resultaron hospitalizadas en las localidades de Hurlingham, San Martín, Ituzaingó, y 3 de Febrero, de la Provincia de Buenos Aires, por haber consumido dosis de cocaína adulterada con carfentanilo y días después se verificó una situación similar en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, que no tuvo víctimas fatales.
“Si bien es cierto que el carfentanilo se encuentra incluido en el Anexo I del listado de estupefacientes, también lo es que en el Anexo II actualmente no se encuentra descripto ningún grupo químico que contenga a los opioides de diseño”, afirma el texto del proyecto presentado por Lewandowski y remarca que “existen publicaciones que han alertado sobre los cambios en los procesos de adulteración de estupefacientes, destacando que se han detectado un creciente número de sustancias utilizadas para estirar los productos”.
En consecuencia, frente a la tendencia descripta no podría descartarse la futura detección en nuestro país de opioides de diseño no enumerados en los Anexos I y II del Decreto 560/19, ya sea solos o mezclados con otros estupefacientes de consumo tradicional.
Esta iniciativa se enmarca, asimismo, dentro del objetivo N° 3 de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, donde líderes mundiales adoptaron un conjunto de metas globales para acabar con la pobreza, proteger el planeta y garantizar la prosperidad para todos.
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