La agencia oficial de noticias TELAM informó que: un conflicto por límites interprovinciales entre Santiago del Estero y Catamarca no será tratado por la Corte Suprema de Justicia por entender que es una materia propia del Congreso Nacional y ajena a la justicia. Así lo resolvió ayer el máximo tribunal en un fallo firmado por los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda en que declaró su incompetencia para entender en una causa planteada por la provincia de Santiago del Estero. En la misma ese estado provincial pidió la declaración de validez y eficacia de la ley 22.742, que fijó los límites entre ambos estados locales, y de inconstitucionalidad de un artículo de la Constitución de Catamarca que desconoció a expresamente esa ley. La Corte recordó que en 1983 se dictó la ley 22.742 que fijó el límite entre las provincias de Santiago del Estero y Catamarca y que se encontraba suspendido el amojonamiento por dificultades en la implementación. No obstante ello, en 1989 Catamarca dictó su nueva Constitución desconociendo expresamente validez a la ley nacional y de los límites fijados por ella. La resolución recuerda también que desde 1983 se presentaron distintos proyectos en el Congreso Nacional, algunos proponiendo la ratificación expresa de la mencionada ley, y otro, para derogarla. Estas circunstancias llevaron al Tribunal a entender que la decisión de la causa podía importar el desconocimiento de los límites fijados por la ley 22.742 y ello implica expedirse en torno de la fijación de los límites interprovinciales, materia que es ajena al Poder Judicial y propia del Congreso Nacional.
Fuente: Télam
miércoles, 26 de agosto de 2015
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