La diputada
Elisa Carrió dijo: “Existen elementos contundentes para asegurar que el doctor
Lavié Pico ha incurrido en la causal de remoción por mal desempeño, prevista en el artículo 53 de la Constitución Nacional, que remite el artículo 115 de la misma. Esto, por ‘incumplimiento reiterado de la Constitución Nacional, normas legales o reglamentarias’ y ‘realización de actos de manifiesta arbitrariedad en el ejercicio de sus funciones’, de acuerdo a las causales previstas por el artículo 25 de la ley de Consejo de la Magistratura Nº 24.937, segundo párrafo, incisos 2° y 4°´”, asegura el escrito que se difundió durante las últimas horas. El fin de semana trascendió que los bingos de
Daniel Angelici, ya no pagarían una suba en el impuesto a las Ganancias por considerarla “confiscatoria”. Es que el juez cuestionó una medida que había convalidado con un decreto el propio
Mauricio Macri y que elevaba la alícuota del impuesto a las Ganancias para el sector del juego del 35% al 41,5%.
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