Por Alejandro Nieva para Nuevos Papeles
Parece que nos estamos acostumbrando a la mentira y a la tergiversación de la realidad. El fenómeno de las fake news, que prolifera de a montones, nos hace chequear más de una vez la información que recibimos. El problema, sin embargo, se agiganta cuando algunos pretenden sacar provecho político de sus propias falsedades, atemorizan a desprevenidos y siembran dudas sobre las autoridades legítimas de una comunidad.
La reforma constitucional encarada en la Provincia de Jujuy es un caso especial de esta situación. Se ha dicho que esa reforma fue realizada de manera inconsulta, que restringe derechos, que se hizo a espaldas del pueblo, que tiene una vocación extractivista y poco respetuosa de las comunidad indígenas.
Nada más alejado de la realidad.
Para demostrar todas estas falsedades basta recordar algunas cuestiones que solo voluntades malintencionadas, o malinformadas, pueden controvertir.
El ejercicio del poder constituyente tiene, según la doctrina constitucional clásica, al menos tres etapas. En la primera, la etapa preconstituyente, el Poder Legislativo hace dos cosas: declara la necesidad de la reforma y determina los puntos sobre los que, en una segunda etapa -la constituyente propiamente dicha-, se habrá de discutir las propuestas de reforma. La tercera, por último, se refiere a la postconstituyente, en la que la Legislatura debe implementar la totalidad de las decisiones del constituyente a través de leyes reglamentarias.
En la Provincia de Jujuy, la Legislatura declaró la necesidad de la reforma a fines de septiembre del año 2022. Esta ley no fue un producto sorpresivo. Antes bien, fue consecuencia de un largo debate de toda la sociedad, impulsado por el propio Gobernador.
¿Por qué se promovió la reforma parcial de la Constitución? Las constituciones no son eternas. Como muchos otros textos jurídicos, son sancionadas en un determinado contexto histórico. Aun cuando tienen una clara vocación de perdurabilidad, con el paso del tiempo puede ocurrir que merezcan una actualización.
Las Constituciones suelen estar redactadas para resistir el paso de los años. Como dijo el juez Marshall de la Corte de los Estados Unidos, las constituciones están destinadas a resistir épocas futuras y adaptarse al tiempo. ¿Cómo se hace eso? A través de la interpretación constitucional. Existen casos en los que, sin embargo, esa tarea no es suficiente y la reforma es necesaria.
Esto es lo que ocurría con la Constitución de Jujuy. Si bien se trató de un documento de avanzada, el tiempo y los sucesos normativos ocurridos desde su sanción merecían una actualización. En aquella convención, realizada en 1986, se pusieron las bases para establecer una convivencia democrática. El constitucionalismo provincial, en la década del ochenta, brindó una respuesta democrática a la modernización arquitectónica de las instituciones y un novedoso catálogo de derechos.
Nuestra Constitución es hija de ese tiempo. Lo podemos advertir en muchas de sus cláusulas: ellas tienen en cuenta, en particular, la noche oscura de la dictadura militar.
La declaración de la necesidad de reforma no reniega de ese pasado. Ratifica esos mismos compromisos con la democracia, la libertad y los derechos humanos. Pero, después de casi cuarenta años desde la sanción de la Constitución, resulta un hecho incontrastable que el tiempo pasó.
En 1994 la Constitución Nacional fue reformada, con importantes avances en materia de organización del poder y aseguramiento de derechos. El constituyente buscó profundizar el federalismo, atenuar el presidencialismo, elevar la jerarquía de los tratados internacionales de derechos humanos y favorecer la participación ciudadana en la toma de decisiones. Es decir, más y mejor federalismo, más y mejores derechos, más y mejor democracia.
La Constitución provincial, con la seguridad que brindan estos años de experiencia, debía ajustarse a la Constitución Nacional. Es por eso que el Gobernador propuso, primero, su reforma parcial y la legislatura, luego, declaró la necesidad de la reforma. Los puntos propuestos para la reforma pueden sintetizarse en tres ejes: actualizar el texto constitucional; modernizar nuestras instituciones provinciales, y consolidar los logros alcanzados durante los últimos años por el pueblo de Jujuy.
La declaración de necesidad de la reforma determinó un marco de actuación a la (futura) Convención Constituyente. En noviembre, el Gobernador convocó a elecciones para elegir convencionales constituyentes. En función de aquel marco, todas las fuerzas políticas hicieron campaña. ¿Para qué? Para buscar el apoyo del pueblo a cada una de sus propuestas.
Las elecciones a convencionales se realizaron el 7 de mayo y la Convención comenzó sus tareas el 22. El Frente de Izquierda, en especial, criticaró al Frente Cambia Jujuy porque no acompañó un proyecto de reforma. Me pregunto: ¿qué le ofrecieron al pueblo, cuál fue su plataforma para trabajar en esa convención si esperaban solo corregir un borrador que presentaría el oficialismo?
Nosotros no esperamos ningún borrador, de nadie. Hicimos una oferta al pueblo, brindamos nuestra mirada sobre el marco que nos había otorgado la declaración de necesidad de la reforma. Fuimos a la Convención con la convicción de mejorar las bases de la convivencia de nuestro pueblo.
El mandato que nos otorgó el pueblo era proponer la mejora, la actualización de nuestras instituciones y el reconocimiento de nuevos derechos. Esto es lo que hicimos.
Otra queja general que se escucha en contra de la reforma es que ella se hizo a las apuradas y sin escuchar a las comunidades indígenas.
Si la declaración de la necesidad de la reforma se aprobó en septiembre del año 2022, si en noviembre fue publicada y convocadas las elecciones, si las elecciones se realizaron el 7 de mayo de este año, solo cabe concluir que la discusión sobre la reforma insumió más de ocho meses. Más aún si consideramos todo el tiempo de debate de la ley 6302.
En el seno de la Convención se recibieron opiniones de toda la sociedad civil, como así también de expertos a nivel nacional. No escatimamos invitaciones, escuchamos, dialogamos con los invitados, entre los integrantes de cada uno de los bloques y entre los miembros de las distintas comisiones, sin tener en cuenta el color partidario de cada una de ellos.
Se recibieron más de ciento cincuenta intervenciones de comunidades indígenas, opiniones de sectores productivos, colegios profesionales y representantes de la sociedad civil.
La resolución de nuestros problemas necesita instituciones fuertes y dirigentes políticos comprometidos con la república, con el diálogo, con la perdurabilidad institucional y la alternancia en el gobierno. Por eso, rechazamos cualquier cambio coyuntural, estratégico y autointeresado.
La reforma constitucional no tiene nombre y apellido, ni intenciones espurias, como algunos quieren hacerle creer al pueblo jujeño.
La tergiversación es tan notoria que causa estupor. Por ejemplo, uno de los objetivos de la reforma era eliminar los privilegios de la política. Con esa finalidad, y al igual que se hizo hace más de veinte años en provincias como Córdoba, las fuerzas políticas presentes en la Convención votaron por unanimidad la eliminación de la inmunidad de arresto. En Jujuy, luego de la reforma, los políticos ya no necesitan el consenso de sus pares para someterse a la justicia. Es decir, la Legislatura de Jujuy no puede ser refugio para quienes cometen delitos, como si fueran ciudadanos de una clase privilegiada.
Paradójicamente, un grupo de convencionales pertenecientes al Frente de Izquierda intentó deslegitimar la reforma sosteniendo que se buscaba perseguir opositores. Los que predican igualdad en su discurso pretenden cubrirse con los privilegios que critican. Pocas actitudes pueden considerarse más incoherentes.
La reforma de la Constitución de Jujuy, de conformidad a estándares internacionales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, establece una clara limitación temporal de mandatos electivos. Así, asegura la alternancia en los cargos públicos.
La fortaleza de las instituciones depende del compromiso cívico de los dirigentes políticos. Ese compromiso es el que, a decir verdad, está ausente en todo este debate. Las señales que generan quienes se creen al margen de la ley y por encima del derecho erosionan nuestra democracia. Eso es lo que han logrado desde la fría mañana del martes 20 de junio.
En esa fecha, aquellos cuyos orígenes pueden rastrearse hasta los socialistas que reclamaban el voto como “piedras de papel”, se olvidaron de las metáforas y directamente apedrearon las instituciones de la democracia. A cuarenta años de aquel diciembre de 1983, vivimos con angustia cómo la deliberación, el diálogo y el consenso eran suplantados por la violencia y la destrucción.
La excusa para todo esto no es otra que la mentira deliberada. Dijeron que la reforma retraía los derechos de las comunidades indígenas. Nada más alejado de la realidad. Basta leer el artículo propuesto por el Frente Cambia Jujuy y el discurso de la convencional informante, integrante de una comunidad indígena. Ese artículo decía:
“Artículo 50.- DERECHOS Y GARANTÍAS DE LAS COMUNIDADES ORIGINARIAS
1. Esta Constitución reconoce la preexistencia étnica y cultural de las comunidades originarias y pueblos indígenas de Jujuy y garantiza el respeto a su identidad, espiritualidad, herencia cultural, conocimientos ancestrales y el derecho a una educación bilingüe e intercultural.
2. El Estado es el encargado de reconocer tanto la personería jurídica de las comunidades dentro del territorio provincial, como la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan, con el fin de garantizar y reafirmar la integridad territorial de la provincia en la Nación.
3. El Estado promueve la entrega de otras tierras aptas y suficientes para el desarrollo humano.
4. Ninguna de las tierras mencionadas en los incisos anteriores serán enajenables, transmisibles, ni susceptibles de gravámenes o embargos.
5. El Estado garantiza el derecho a la participación y consulta previa e informada de las comunidades originarias reconocidas en la Provincia respecto a sus recursos naturales y a los intereses que las afecten de manera directa”.
La reforma de la Provincia de Jujuy no cercena derechos y contiene cláusulas de avanzada. Actualizó los contenidos que por el paso del tiempo y la reforma de la Constitución Nacional quedaron desfasados y modernizó el marco constitucional. Los textos jurídicos son producto de un contexto histórico. Cuando ese contexto cambia, hay que modernizarlos para ajustarlos a los nuevos tiempos.
Por ejemplo, brinda una protección actualizada del ambiente, consagra el derecho al clima seguro y compromete al Estado y a la sociedad a combatir el cambio climático.
También se refiere a la disrupción de las nuevas tecnologías que pueden afectar nuestras vidas. Por eso, garantiza los derechos vinculados con las nuevas tecnologías y el espacio digital. Además, asume que las necesidades de conectividad a internet de la población se presentan como la satisfacción de un verdadero derecho fundamental. Esta cuestión no es ajena a la presencia del Estado, que tiene el deber de garantizar el acceso a la conectividad. Las dificultades para la población que genera la falta de intervención activa del Estado son obvias. Las empresas buscan, como es lógico, la satisfacción de sus propios intereses. Esta situación tiene una consecuencia muy clara: esas empresas carecen de incentivos para satisfacer las necesidades de las personas, donde el mercado no genera las mayores ganancias. Allí tiene que estar el Estado, sin mirar al costado.
En el mismo sentido, constitucionaliza un órgano especifico encargado de la selección y remoción de magistrados y magistradas judiciales. El objetivo debe ser favorecer la celebración de concursos. De este modo, busca transparentar su designación a través de exámenes de idoneidad que garanticen igualdad de oportunidades para el acceso a los cargos relevantes. Asimismo, constitucionaliza el Ministerio Publico de la Acusación y de la Defensa para garantizar la imparcialidad en el proceso penal.
Una de las funciones de las constituciones es retirar algunas cuestiones de la política cotidiana y partidaria. Por eso, la Constitución jerarquiza la Oficina Anticorrupción, el Defensor del Pueblo, la Superintendencia de Servicios Públicos, la Defensoría de los derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, el Consejo Provincial de la Mujer, Igualdad de Género y las Diversidades.
Las constituciones expresan un pacto de convivencia, reflejan una elección de vida y una forma de convivir. Las constituciones consolidan los acuerdos más básicos de una comunidad política. Debemos resguardar ese pacto, que consolidamos en los últimos años. Un pacto que se asienta sobre el rechazo sincero y comprometido de la violencia como forma de hacer política; que se apoya en la paz y en el orden; que refuerza la transparencia y modernización del Estado.
Los últimos acontecimientos generan una situación paradójica. La reforma constitucional pretendió asegurar la autonomía provincial, para proteger los intereses provinciales de decisiones del gobierno federal que buscaban socavarla. También pretendió erradicar la violencia como forma de expresión política.
Sin embargo, los violentos, los mismos que durante mucho tiempo formaron un estado paralelo en Jujuy, destruyeron la Legislatura con la finalidad última de desestabilizar al gobierno elegido por el Pueblo. El gobierno federal, en un acto carente de todo sustento jurídico, pretende la declaración de inconstitucionalidad de la reforma ante la Corte Suprema. La nueva Constitución tiene respuestas para ambos intentos.
Por un lado, constitucionaliza un compromiso que le debemos a las futuras generaciones: no tendrán miedo, no convivirán con la violencia.
Tenemos una fuerte creencia en las virtudes de las constituciones. Una constitución diseña un proyecto colectivo. En ese proyecto nos reconocemos como ciudadanos integrantes de una comunidad política. Sentamos las bases para institucionalizar la paz. La Constitución deja en claro que no podemos ser rehenes de ningún grupo; que las manifestaciones y las protestas deben hacerse por los cauces institucionales correspondientes; que los jujeños abrazamos la paz como forma de vida y la institucionalidad como orden; que el derecho a la protesta, en fin, no puede vulnerar otros derechos. La violencia no es una opción; no es el ejercicio legítimo de un derecho y tampoco es política. La violencia es la negación de la política porque es la negación del dialogo y la deliberación. No hacen política los que tiran piedras, los que generan daños, los que cometen delitos.
La violencia está desterrada para siempre de nuestra Provincia. De todos modos, algo tiene que quedar en claro: no criminalizamos la protesta, no cercenamos derechos. Como ha dicho el reconocido constitucionalista Néstor Sagüés, “[e]n un país desquiciado por la inseguridad y el caos en las vías de circulación, los paros y huelgas salvajes, el desconcierto y la desobediencia a la ley, el art. 67 de la Constitución de Jujuy es un llamado al orden constitucional y al sentido común”.
Insisto: no se afecta el derecho de manifestación. El articulo 32 de la Constitución de Jujuy, que protege la manifestación pública y pacífica, no fue modificado. No somos Cuba, Venezuela o Nicaragua, donde hay gobiernos que coartan la libertad, donde se encarcela a disidentes que piden agua, luz o comida. Las manifestaciones pacíficas, realizadas de manera razonable, son consideradas por el nuevo texto constitucional un elemento esencial de la democracia.
No hay protesta, ni manifestación legitima, si se comenten delitos, si se ejerce violencia, si se dañan o lesionan los derechos de otros ciudadanos. Quienes quieran hacer oír sus voces lo harán, con esta Constitución o con cualquier otra. Lo que no protege la Constitución son los desmanes y la violencia, so pretexto de ejercicio de un derecho.
Por otro lado, la Constitución reafirma la autonomía provincial, en el marco de la Constitución Nacional. Nuestras decisiones fueron cuestionadas. A tal punto que algunos pusieron en riesgo esa autonomía con intentos espurios de intervención federal. Nuestra libertad no puede quedar a merced de contingentes dirigentes políticos.
El gobierno federal a través de sus Ministro de Justicia, pese a ello, pretende retrotraer el marco normativo constitucional hasta 1853. En una acción sin precedentes, planteó ante la Corte Suprema la inconstitucionalidad de la reforma jujeña. Se trata, sin dudas, de una espuria aplicación de la Constitución de 1853 que autorizaba al Congreso de la Nación a revisar las constituciones provinciales.
La acción es una grosera aberración jurídica: sin caso concreto, sin legitimación procesal, pero con fuerte intencionalidad política, el Presidente de la Nación pretende derribar el ejercicio legítimo del poder constituyente provincial. Esto no es más que intento de intervención federal sin autorización del Congreso.
El procedimiento que precedió a la aprobación de la reforma constitucional en Jujuy fue abierto y participativo. Participaron más de trescientas instituciones y personas individuales. Aquellos que renunciaron a sus bancas, desoyendo el mandato de quienes los votaron, no hicieron ninguna propuesta. No propusieron mejoras, reformas o alternativas de redacción. Solo pretendieron politizar el trabajo de la Convención, como también amedrentar y atemorizar al pueblo.
Lo que no entendieron, y siguen sin hacerlo, es que ninguno de los y las convencionales constituyentes actuaban como representantes de partidos políticos. Debíamos actuar con una mirada más amplia: sentar las bases de los próximos cuarenta años de convivencia. No nos tomamos a la ligera nuestro trabajo, somos responsables, no solo por el juramento que hicimos, sino porque para eso nos eligió el pueblo de Jujuy: para ponernos por encima de nuestras diferencias.
El progreso es el cambio. La Constitución provincial refleja ese cambio en el mundo, por más que nos digan, o nos quieran hacer creer, otra cosa. Los que se oponen al cambio son las fuerzas verdaderamente conservadoras.
Me aventuro a creer que el tiempo pondrá las cosas en claro, que la coyuntura electoral aplacará los ánimos y que quienes buscan un rédito personal con la mentira y la tergiversación serán reconocidos como lo que son: violentos u oportunistas, o ambas cosas a la vez.
El paso de los años dirá que el pueblo de Jujuy actualizó su Constitución, que lo hizo sin miradas de corto plazo, sin buscar prebendas para algunos, igualando a la sociedad, reduciendo los privilegios de la política. Los mismos que hoy nos critican serán beneficiados directos de la modernización de nuestras instituciones, del fortalecimiento de la autonomía provincial, de la ampliación y actualización de nuestros derechos y la existencia de mejores instancias de control.
La nueva Constitución de Jujuy es hija de su historia reciente. Como decía Alberdi: “[t]odas las constituciones cambian o sucumben cuando son hijas de la imitación; la única que no cambia, la única que acompaña al país mientras vive, y por la cual vive, es la constitución que ese país ha recibido de los acontecimientos de su historia, es decir, de los hechos que componen la cadena de su existencia, a partir del día de su nacimiento”.
Las lecciones que nos deja el proceso de reforma constitucional en Jujuy debe advertirnos algo: cuando la mentira y la violencia no deja lugar a la política lo que se pone en riesgo no es solo un Gobierno, es la propia democracia que abrazamos hace cuarenta años. Ojalá sepamos defender a los representantes legítimos del pueblo, porque así también defendemos lo que tanto nos costó alcanzar. Y eso no es otra cosa que nuestra forma democrática de vida.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario