martes, 13 de septiembre de 2011

El binomio Alfonsín - González Fraga está habilitado por la carta orgánica

Para "El Desafío": Carlos Mariscal

Si bien hay un amparo pendiente de resolución en el juzgado de María Romilda Servini de Cubría y la jueza deberá resolver si el binomio presidencial de Unión para el Desarrollo Social (UDESO) cumple con los requisitos para competir en octubre, teniendo en cuenta que el titular de la Convención Nacional, Hipólito Solari Yrigoyen, aseguró ayer «La Convención no está encargada de aprobar la fórmula, que ya fue proclamada por el Comité Nacional». Solari Yrigoyen se refería al artículo 8 de la carta orgánica, donde se definen las atribuciones de la Convención. En rigor, ninguno de los seis incisos de ese artículo exige al máximo órgano radical aprobar el binomio, pero el inciso a) le impone la atribución de «sancionar el programa del partido para cada período presidencial y las reformas que en su oportunidad sean necesarias». En cuanto al artículo 13, exige que los candidatos salgan de una elección interna, pero a partir de las renuncias de sus respectivas candidaturas de Sanz y Cobos este aspecto también fue resuelto por la proclamación del Comite Nacional. Solo faltaría la plataforma electoral y aquí el artículo 16 dice: «Para el caso de que la Convención no reúna o deje de sancionar el programa partidario, se tendrá como tal el inmediatamente anterior, sin perjuicio de su actualización...». Conclusión, si Alfonsín acepta incluir la plataforma que en 2007 llevó Roberto Lavagna, estaría resuelto el problema, veremos que opina en su fallo Servini de Cubría.

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