lunes, 28 de septiembre de 2020

El Tribunal Supremo de España inhabilita al presidente de Cataluña



La justicia señala que Quim Torra "desobedeció de forma reiterada" al negarse a retirar los lazos amarillos, en solidaridad con los dirigentes presos.

El Tribunal Supremo de España sentencia la legislatura de Quim Torra. El Alto Tribunal ha condenado al president de la Generalitat a un año y medio de inhabilitación por "la contundente, reiterada, contumaz y obstinada resistencia del acusado (Quim Torra) a acatar un mandato investido de autoridad y dictado conforme a la legalidad", dice la sentencia que se ha conocido este lunes.

Ratifica así la condena por desobediencia que le impuso el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) por desoír a la Junta Electoral Central (JEC), que le ordenó retirar los lazos amarillos y las pancartas en apoyo a los presos independentistas de los edificios públicos de la Generalitat durante la campaña electoral de las generales de 2019.

Unanimidad en la Sala Segunda del Supremo

La decisión del Alto Tribunal ha sido tomada por unanimidad. Según ha podido confirmar LPO con la defensa de Quim Torra, la sentencia todavía no se les ha notificado y por tanto, en este momento, mantiene su cargo. La inhabilitación se hará efectiva cuando Torra reciba la comunicación oficial por parte del TSJC y deberá entonces abandonar la presidencia de la Generalitat.

El fallo del Tribunal Supremo era el esperado, también por el propio Quim Torra, que hace semanas reconoció que "no esperaba otra decisión que no fuese la inhabilitación". Once días después de la vista para revisar la sentencia ante el Supremo, el Tribunal le ha dado la razón condenándole a un año y medio de inhabilitación política.

En la sentencia, redactada por magistrado Juan Ramón Berdugo, el Supremo destaca que lo que se castiga "no es la exhibición de determinados símbolos o pancartas de una determinada opción política, sino su utilización en periodos electorales, desobedeciendo lo dispuesto por la Junta Electoral Central".

El Supremo señala además que Torra "disponía de los suficientes elementos sobre la obligación de acatar los mandatos de la JEC, no solo por el propio contenido de éstos, sino por los términos de los informes de los Servicios Jurídicos que despejan cualquier duda". No puede "hablarse de error alguno", dice la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

Por todo ello, el Alto Tribunal considera probada "la contundente, reiterada, contumaz y obstinada resistencia" de Quim Torra a acatar "un mandato investido de autoridad y dictado conforme a la legalidad". Asegura que además de desatender el mandato de la Junta Electoral Central, Torra "tuvo una voluntad consciente y una disposición anímica inequívoca de contravención". Y reitera que la actitud que se condena es la de "querer incumplir la orden de una autoridad superior". El Supremo considera probado que Torra tuvo una voluntad consciente y una disposición anímica inequívoca de contravención.

Por todo ello, el Alto Tribunal considera probada "la contundente, reiterada, contumaz y obstinada resistencia" de Quim Torra a acatar "un mandato investido de autoridad y dictado conforme a la legalidad". Asegura que además de desatender el mandato de la Junta Electoral Central, Torra "tuvo una voluntad consciente y una disposición anímica inequívoca de contravención". Y reitera que la actitud que se condena es la de "querer incumplir la orden de una autoridad superior".

Fuente: LPO

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