miércoles, 2 de diciembre de 2020

“Opción Córdoba” para el aborto

 En 2018, los tres senadores por Córdoba (Carlos Caserio, Laura Rodríguez Machado y Ernesto Martínez) se unieron para presentar su propio proyecto sobre el aborto, que contenía diferencias respecto a la media sanción de la Cámara de Diputados (entre otras cosas, bajaba a doce semanas el plazo para la Interrupción Voluntaria del Embarazo). Ahora, diputados de esa provincia que responden Juan Schiaretti también se plantaron con una alternativa, encabezada por la propia esposa del gobernador, Alejandra Vigo, la única que se abstuvo en la votación hace dos años.

El proyecto fue dado a conocer por el bloque Córdoba Federal en las redes sociales, en la previa del comienzo del debate en comisiones de la Cámara baja. “Esperamos que sea incluido junto a los otros expedientes presentados. Sostenemos la importancia del debate democrático y el respeto a todas las posiciones en el tratamiento en esta materia”, expresaron los legisladores Vigo, Carlos Gutiérrez, Paulo Cassinerio y Claudia Márquez.

La propuesta consiste en modificaciones al Código Penal y su objetivo es, según el artículo primero, “la adecuación de las disposiciones de derecho interno y procedimientos de actuación institucional a los compromisos asumidos por el Estado argentino en materia de salud pública y derechos humanos de las mujeres y de personas con otras identidades de género con capacidad de gestar, a los fines de contribuir a la reducción de la morbilidad y mortalidad prevenible en relación a personas en situación de interrupción del embarazo”.

Se propone modificar el artículo 86 del Código Penal, estableciendo que el aborto practicado por profesional de la salud con el consentimiento informado de la mujer no es punible si se da alguno de estos tres supuestos:  “si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para su vida o su salud y si este peligro no puede ser evitado por otros medios”; “si el embarazo proviene de una violación”; o “si se ha practicado antes de la semana catorce, cuando el embarazo resultare de una especial circunstancia de exclusión y vulnerabilidad de la persona gestante, acreditada ante el personal de salud con un informe social, emitido dentro de los cinco días de solicitado por la gestante”.

El último supuesto es la diferencia más importante respecto del proyecto del Poder Ejecutivo: si bien se habilita el aborto hasta las catorce semanas de gestación, no será por simple voluntad de la mujer, sino que estará limitado solo a situaciones de “exclusión y vulnerabilidad” que deberán ser acreditadas por la mujer para poder acceder a la práctica.

Si existen funcionarios, autoridades de la institución sanitaria o profesionales médicos que impiden u obstaculizan “por sí o por otros” la realización de abortos no punibles en los tres casos citados tendrán una prisión de entre seis meses y dos años.

Para la mujer que cause su propio aborto o consienta que otro se lo practique por fuera de las tres excepciones, se bajará la pena de prisión, que será de tres meses a un año (actualmente va de uno a cuatro años), es decir que será excarcelable.

El proyecto establece que la interrupción del embarazo deberá realizarse dentro de los diez días posteriores a su requerimiento (igual que la iniciativa del Ejecutivo) y se garantiza el acceso a la información y el acompañamiento integral de la persona gestante, así como la provisión de métodos anticonceptivos.

El aborto no punible deberá contar con cobertura integral en el sistema de salud, las obras sociales y las empresas de medicina prepaga. Además, el proyecto obliga al cumplimiento efectivo de distintas leyes, como la de Salud Sexual y Procreación Responsable, y la de Educación Sexual Integral.

Otro aspecto destacado de la propuesta cordobesa es que habilita la objeción de conciencia para el profesional de la salud que actúe “de manera directa”, aunque en esos casos deberá “derivar de buena fe a la paciente para que sea atendida por otro u otra profesional en forma temporánea y oportuna, sin dilaciones y garantizando el acceso a la práctica”, y además “cumplir con el resto de sus deberes profesionales y obligaciones jurídicas”.

En su artículo 11, el proyecto crea un “Programa para la Prevención y Asistencia a Personas Gestantes en Situación de Interrupción del Embarazo”, y por último, se dispone la elaboración de un protocolo nacional de aborto no punible para las excepciones previstas, a ser cumplido en todo el país.

Fuente: Parlamentario

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