La presente ley tiene por objeto establecer un agravante en la pena para el delito de robo cuando el sujeto pasivo de dicho delito sea una persona con discapacidad y movilidad reducida.
Se establece como agravante en la pena para el delito de robo tipificado en el Código Penal, cuando el delito sea cometido en contra de una persona con discapacidad y movilidad reducida, entendiendo como tal a aquellas personas que presenten limitaciones físicas, sensoriales o mentales que dificulten su desplazamiento y autonomía personal, son blanco fácil de los delincuentes.
En estos días, hemos visualizado a través de los videos publicados en medios de comunicación, como delincuentes, le roban a una señora de edad avanzada, que se encontraba con muletas, sin importarles absolutamente nada y carentes de todo reparo a la hora de perpetrar su delito, acota el diputado de JxC y presidente del Partido UNIR, Alberto Asseff y quienes lo acompañan con sus firmas.
2 comentarios:
Me parece excelente este proyecto felicitaciones
Que buen proyecto!!
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