La jueza electoral María Servini de Cubría dijo que "quien no vote en las elecciones primarias del 14/08, no podrá hacerlo en las elecciones generales del 23 de Octubre". Pero lo manifestado por la jueza federal con competencia electoral, es incorrecto. Servini está presionando sin alguna ley que la respalde, según la senadora nacional por Salta Sonia Escudero.
Las apreciaciones y amenazas de la jueza María Servini de Cubría a quienes no voten en las elecciones primarias de agosto son no sólo lamentables, sino completamente erróneas. Los derechos políticos – y dentro de éstos el derecho al sufragio-, son los pilares de nuestra democracia, porque son el instrumento a través del cual el pueblo elige a quiénes quiere lo represente.
La sanción por no votar en agosto no puede ser jamás la prohibición de votar en octubre por dos sencillas razones:
> primero, porque para ello tiene que existir una sentencia judicial que así lo haya declarado, y
> segundo, porque ésta no es una sanción contemplada en nuestras leyes electorales.
El artículo 125 establece solamente 2 sanciones:
> multa de 50 a 500 pesos argentinos, y
> la imposibilidad de ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante 3 años a partir de la elección.
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