Afirman que el régimen de "gran propietario rural" es distorsivo y no refleja la verdadera composición agraria. En la actualidad en Santa Fe es difícil encontrar propietarios de tierras rurales con inmensas extensiones de campos. Las grandes colonias son estampas del siglo pasado que se fueron fraccionando y se convirtieron en unidades productivas mucho más pequeñas. Sucesiones, ventas y las repetidas crisis fueron modificando la composición del propietario rural. Es por ello, que desde la Sociedad Rural de Rosario le reclaman al gobierno provincial que modifique la fórmula como se calcula el inmobiliario rural y sobre todo, el régimen de "gran propietario" que según la entidad, no refleja la realidad de lo que ocurre en la producción agropecuaria. En el 2012, durante el gobierno de Antonio Bonfatti se llevó adelante un importante revalúo que significó en algunos casos, un aumento de hasta el 400 por ciento del inmobiliario rural que, en rigor, no se tocaba desde 1993. En ese marco, a través de la ley 13.286 - de Reforma Tributaria- se fijó el régimen de "gran propietario rural" que establece que aquellos propietarios cuyos campos superen en su valuación los 836 mil pesos deberán pagar un 80 por ciento más de inmobiliario mientras que los que superen el millón ochocientos setenta mil deberán retribuir el 120 por ciento. "Es un impuesto distorsivo" afirmó en diálogo con LPO Tomás Layus, titular de la Sociedad Rural de Rosario. Además, el dirigente explicó que lo que el gobierno considera "gran propietario" no se condice con la realidad. "Para muchos productores, la carga impositiva es asfixiante, sobre todo en esta época donde tenemos que afrontar condiciones climáticas adversas, aumentos en el combustible y el mismo precio de la soja y del trigo del año pasado" explicó Layus. Es por ello que desde la entidad le solicitan a Lifschitz que revise la manera en que se calcula el inmobiliario rural y sobre todo, que se tenga en cuenta que para la API -Administración Provincial de Impuestos - muchas unidades rurales están registrada bajo un solo CUIT pero que en realidad, pertenecen a varios propietarios (cadena de CUIT). El API al tomar ese sólo número de referencia lo valora como si fuese un solo dueño y si la unidad supera las 300 hectáreas ya se lo considera "gran propietario" pero, advierten en la SRR, lo que ocurre en realidad es que los campos -que antes pertenecían a una familia- se fueron dividiendo y ello no se toma en cuenta a la hora de determinar las políticas fiscales. Además, si un productor tiene unas pocas hectáreas en el centro o sur de la provincia -la más productiva- y varias hectáreas en el norte donde la tierra es mucho más árida, la provincia no discrimina el potencial productivo y si superan las 300 hectáreas automáticamente se lo considera como "gran propietario" y pasa a pagar el doble. "Si alguien tiene 30 hectáreas en Cañada de Gómez y 600 en el norte, en San Cristóbal, es considerado ‘gran propietario' aunque su realidad diste mucho de esa figura porque no se produce lo mismo en una zona que en otra" ejemplificó Layus.
Fuente: LPO
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