En un fallo unánime e histórico de la Suprema Corte de Justicia del Uruguay obliga al Ministerio de Salud Pública a cruzar la información entre la población vacunada y fallecidos.
El 23 de junio del 2021 un ciudadano, Nicolás Souto Gancio en una Acción de Acceso a la Información Pública (art. 22 Ley 18.381) bajo IUE 2-21975/2021 solicita conocer “la cantidad de personas fallecidas en el Uruguay por cualquier causa desde 1 de marzo al 26 de abril del 2021, con la especificación de cuántas de esas personas habían recibido, a la fecha de su fallecimiento, actos vacunales, con indicación de fecha cantidad/es, de el/los mismos y cual de la/s vacunas le fue inoculada a cada una de esas personas”.
La sentencia definitiva de la Corte implica que se brinde la información a Souto Gancio dentro de los 15 días corridos. Que pese que el Ministerio de Salud Pública (MSP) apeló este pedido de información, la Corte lo revocó, pero aceptando el Recurso de Casación porque procede en la denominada “habeas info” (art 22 a 30 de Ley 18.381), dejando firme el pronunciamiento condenatorio en primera instancia.
Para tal caso, la parte actora interpuso un Recurso de Casación debido a que la información solicitada se encuentra en poder de la Secretaría del Estado ya que no es necesario “producir” información nueva ya que la única tarea del MSP sería recopilar y compilar la información de cada organismo responsable. Además, consta que la Secretaría de Estado no brindó o dijo no tener disponible dicha información sobre: test RT-PCR, actos vacunales, cuáles vacunas, dosis, fallecimientos, entre otros, en ese periodo acotado.
El mismo entrecruzamiento de datos se obtendría de los datos emergentes de SG-DEVISA del Departamento de Vigilancia en Salud del M.S.P., el Registro de vacunas del M.S.P. donde figuran las personas vacunadas (con registro de fechas de 1ª y 2ª dosis, tipo de vacuna), la agenda de vacunación para vacunas anticovid y el certificado de defunción electrónico del M.S.P. (con registro de fallecidos y fecha de defunción).
Por Alejandra Passarelli
2 comentarios:
Bien hecho vecino ! Esperemos una noticia similar en Argentina y en todo el Mundo
Comparto, pero sólo para Argentina y en particular, Provincia por Provincia
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