Este año, el Día del Empleado de Comercio se celebrará el lunes 30 de septiembre, según lo informado por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys). Originalmente, la fecha estaba establecida para el 26 de septiembre, de acuerdo con la Ley 26.541, pero fue trasladada al último día del mes.
La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) aclaró que, a pesar de la conmemoración, los comercios podrán abrir siempre que sean atendidos por sus dueños o por empleados que opten por trabajar. Aquellos empleados que decidan prestar servicios ese día lo harán bajo las mismas condiciones que un feriado nacional.
Si los empleados eligen trabajar, no se otorgará descanso compensatorio, pero recibirán un recargo del 100% sobre su salario habitual. La CAC subrayó que la decisión de trabajar queda a discreción de los empleadores y empleados, conforme al Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.
Fuente: nuevodiarioweb.com.ar
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